La patronal hotelera ha detectado errores en la lista de 370 alojamientos turísticos que deben estar abiertos durante el estado de alarma, aprobada por el Gobierno, y propone propone coordinarse con el Estado y las comunidades autónomas para elaborar una web abierta, pública y de fácil acceso.
La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (Cehat) advierte de «numerosas disfunciones y errores» en la lista de ‘hoteles retén’ que deben permanecer abiertos para prestar un servicio esencial a trabajadores de sectores estratégicos y a turistas que no han podido regresar a sus países de origen, durante la vigencia del estado de alarma por coronavirus.
Entre esos sectores estratégicos, tal y como recoge la orden 277/2020 del Ministerio de Transportes publicada en el BOE, están el sanitario, aeroportuario, portuario, de suministros varios o el de alimentación, entre otros. La lista, de 370 establecimientos de alojamientos de todo el país, se recoge en el anexo de la citada orden y no coincide en su gran mayoría con la coordinada con la patronal hotelera hace varios días.
En la lista del Ministerio figuran establecimientos ya cerrados y con su plantilla en un Erte, y otros que han decidido empezar obras de reforma y no podrían prestar el servicio, y sin embargo no están recogidos muchos de los que se ofrecieron voluntarios
Así, en la lista del Ministerio figuran establecimientos ya cerrados y con su plantilla en un Erte, y otros que han decidido empezar obras de reforma y no podrían prestar el servicio, y sin embargo no están recogidos muchos de los que se ofrecieron voluntarios.
Desde Cehat agradecen la publicación de esa orden para que queden claras las necesidades actuales de alojamiento en el estado de alarma, pero señalan que la coordinación entre las comunidades autónomas, el Gobierno y el sector hotelero en este caso «es más necesaria que nunca».
“Somos conscientes de que el Gobierno puede en estos momentos confiscar bienes privados para uso público, pero también es cierto que desde Cehat se ofreció hace ya varios días al Ejecutivo central un total de 170 establecimientos alojativos en todas las provincias españolas y no entendemos por qué no se han recogido nuestras propuestas”, señala Jorge Marichal, presidente de Cehat.
Por ello la patronal hotelera considera de mayor utilidad que el Ejecutivo elabore de forma coordinada con Cehat y las comunidades autónomas «una web abierta, pública y de fácil acceso» en la que se incluya la relación de los establecimientos turísticos en todo el país disponibles para dar servicio a los colectivos esenciales y que se puedan consultar en todo momento por parte de quienes necesiten un alojamiento.
La Orden TMA/277/2020
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden TMA/277/2020, de 23 de marzo, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se declaran servicios esenciales a determinados alojamientos turísticos.
La Orden recoge un listado de 370 alojamientos turísticos repartidos por todo el territorio nacional que se mantendrán cerrados al público en general, pero deben permitir el alojamiento de aquellos trabajadores que realicen labores de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y obras, suministro y transporte de servicios esenciales.
«Se trata así de asegurar la prestación de los servicios esenciales de empresas y proveedores necesarios para el abastecimiento de la población y del mantenimiento de los propios servicios esenciales. Además, se pretende evitar los efectos negativos sobre el empleo y la viabilidad empresarial derivados de la suspensión de contratos públicos, y su impacto estructural negativo sobre esta parte del tejido productivo», señala el Ministerio.
Entre los trabajadores cuyo alojamiento se posibilita se encuentra los de mantenimiento, asistencia sanitaria, reparación y ejecución de obras de interés general, abastecimiento de productos agrarios y pesqueros, y tripulaciones de los buques pesqueros, así como servicios complementarios a las mismas, en el ámbito sanitario, portuario, aeroportuario, viario y ferroviario, alimentario, salvamento y seguridad marítimo.
También los que se dediquen a la instalación, mantenimiento y reparación de redes de telecomunicaciones y centros de procesos de datos, suministro de energía y agua, suministro y servicios de transporte de mercancías o de viajeros ligados a las actividades permitidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como de servicios esenciales, como las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los trabajadores que deben desarrollar las actividades incluidas en los artículos 17 y 18 del citado Real Decreto.
El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá ampliar, modificar, revisar o actualizar el listado de alojamientos turísticos recogidos en el anexo de la orden cuando sea necesario para garantizar la prestación de servicios.
Los alojamientos turísticos declarados servicio esencial permitirán, además el alojamiento de personas que deban desplazarse para atender a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad, personas especialmente vulnerables o con necesidades de atención sanitaria, entre otros supuestos, de conformidad con las situaciones previstas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, «así como a todas aquellas personas que por causa de fuerza mayor o situación de necesidad requieran asegurar alojamiento puntual con urgencia«.
El resto de alojamientos turísticos que no figuren en el anexo de esta Orden podrán prestar alojamiento exclusivamente a los colectivos mencionados anteriormente.
Los alojamientos recogidos en esta Orden «prestarán servicio de restauración y cualquier otro que resulte necesario para la correcta prestación del servicio de alojamiento, cuando así estén habilitados para ello, exclusivamente a las personas que se encuentren alojadas en los mismos. Sin perjuicio de ello, se podrá permitir el acceso a las instalaciones y servicios de aseo y restauración a los transportistas profesionales de mercancías, aunque no se encuentren alojados«.