Cehat ve la sanción impuesta a Booking.com por la CNMC como un “aviso a navegantes” y celebra que propicie una competencia más justa en el mercado. Por otra parte, alerta del «caos» que puede provocar el nuevo parte de viajeros, que entra en vigor en octubre.

Ante la multa histórica que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto a la plataforma de reservas Booking.com por las prácticas aplicadas al sector hotelero en España, la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (Cehat) considera que se trata de «una gran noticia para el sector alojativo», que sienta un precedente para este tipo de compañías y «beneficiará a todos los hoteleros de Europa«.

Profesionalhoreca, recepción de diseño para el nuevo Ibis Budget Aeropuerto, en Valencia. Cehat

La patronal hotelera española recuerda que esta sanción ha sido fruto de la denuncia interpuesta por la Asociación Empresarial Hotelera Madrid (AEHM).

Gracias a esta denuncia interpuesta por la AEHM, Booking.com se ha visto obligada a cambiar su operativa y sus contratos para el futuro, y los hoteleros celebran que se haya puesto de relieve que la posición de fuerza no es aceptable ni en España ni en Europa.

Al mismo tiempo, esto ha sido ratificado por las nuevas directivas comunitarias, como la Directiva de los Mercados Digitales y la Directiva de los Servicios Digitales, en las que los grandes operadores son considerados ya como monopolio y tienen que imponer unas cláusulas para permitir el libre acceso a la competencia.

Jorge Marichal, presidente de Cehat, destaca que “es una noticia muy positiva para nuestra industria, tanto por lo que significa para el sector como por el aviso para navegantes que supone al comportamiento que tienen muchas compañías llamadas “de nivel global”.

La patronal hotelera española subraya que es necesario que existan en el mercado más plataformas para que aumente la competencia. “Queremos que este tipo de empresas proliferen y que haya una competencia digna y justa, pero no a costa de mantener cláusulas abusivas. Estas plataformas no pueden aprovecharse de su posición de dominio para ir en contra de libre la competencia”, denuncia el presidente de la patronal hotelera.

Por su parte, la Asociación Española de Directores de Hoteles (AEDH) ya ha anunciado que estudia presentar una demanda colectiva por daños y perjuicios en los tribunales contra Booking.com, para lo que se unirá con el el despacho de abogados Eskariam.

Preocupación ante el nuevo parte de viajeros

Por otra parte, los hoteleros muestran su preocupación ante la imposibilidad de cumplir los requisitos exigidos por la nueva normativa del parte de viajeros, que entrará en vigor el 1 de octubre, según el Real Decreto 933/2021

Los operadores turísticos españoles alertan del «posible caos» que podría generar su aplicación y explican que es imposible cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto.

La normativa impone nuevos requisitos para el registro de los viajeros que se alojen en establecimientos turísticos, así como la transmisión de estos datos por medio de una plataforma diseñada por el Ministerio del Interior y que para los touroperadores es «muy ineficiente«, al hacer «imposible la recogida y transmisión de estos datos».

Ante las protestas de las empresas, el Ministerio ya decidió prorrogar su entrada en vigor en dos ocasiones (primeramente, con una ampliación hasta el 2 de noviembre del 2023 y, posteriormente, con la ampliación hasta el 1 en octubre del 2024), permitiendo hacer el envío por el sistema electrónico tradicional.

Ahora Cehat denuncia que “es incomprensible el empecinamiento de los responsables del Ministerio del Interior en provocar un caos para los colaboradores del ministerio y en generar una amenaza de grandes multas y sanciones a todos los que no actúen bajo unos nuevos parámetros que, a nuestro juicio, son incumplibles e ilegales, y que provocarán la segura pérdida de información sensible sobre los viajeros y un aumento de responsabilidad sobre datos no comprobables”.

El Real Decreto 933/2021 amplía las obligaciones de las empresas a recoger datos que no se limitan a los que aparecen en documentos oficiales (como DNI y pasaporte), tales como métodos de pago, transacción económica, datos del contrato, domicilio actualizado, teléfono móvil o correo electrónico del usuario, que sólo pueden ser recogidos de forma manual

El Real Decreto 933/2021 amplía las obligaciones de las empresas a recoger datos que no se limitan a los que aparecen en documentos oficiales (como DNI y pasaporte), tales como métodos de pago, transacción económica, datos del contrato, domicilio actualizado, teléfono móvil o correo electrónico del usuario, que sólo pueden ser recogidos de forma manual.

Para los hoteleros es imposible recabar y certificar la autenticidad de algunos de estos datos, por lo que esto provocaría un caos organizativo en las recepciones en perjuicio de los usuarios y contraviniendo flagrantemente las normas de minimización de datos de las directivas europeas y su protección.

Además que más del 70% de las empresas de alojamiento son pymes y micropymes que no pueden disponer de la protección suficiente de ciberseguridad que garantice la protección efectiva de los datos recogidos.

Ante la inmediata entrada en vigor el 1 de octubre de este Real Decreto, Cehat insiste en la necesidad de reunirse nuevamente con el Ministerio.