Es un negocio altamente lucrativo con un crecimiento desbordante: en España ya se superan las 2,7 millones de plazas de viviendas de uso turístico (frente a las 2,4 millones de plazas reglados) favorecidas por unas normativas «muy exiguas». Los empresarios turísticos agrupados en Exceltur, han encargado un exhaustivo estudio sobre su impacto y plantean 10 recomendaciones para lograr una más adecuada regulación en España.


Exceltur acaba de presentar el primer macro estudio que se realiza en España sobre el impacto del negocio de alquiler de viviendas para uso turístico a través de plataformas on line P2P.

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Los últimos datos de Frontur indican que el crecimiento acumulado de enero a mayo del número de turistas extranjeros alojados en viviendas alquiladas es del 20%

Una reciente actividad económica, «altamente lucrativa», que ha crecido exponencialmente en nuestro país «en pocos años y sin apenas control, provocando diversos impactos hasta ahora no medidos y en algún caso desapercibidos sobre la convivencia social, el empleo, el fraude fiscal, el entorno, y que inducen una competencia desleal respecto de la oferta reglada (con un diferencial de 17,2€ por plaza por mayores costes regulatorios)», señalan los empresarios turísticos.
Una oferta que, de seguir creciendo a los ritmos actuales, «pronto afectará a la sostenibilidad del sector turístico«, advierten.
El informe ha sido elaborado por la consultora EY (Ernst &Young), en colaboración con el despacho legal Tourism & LawNielsen, y estudia a fondo las motivaciones en la elección de alojamiento de turistas de los cuatro principales mercados de origen (Reino Unido, Alemania, Francia y España).
El alquiler de viviendas de uso turístico es un fenómeno que ya representa 2,7 millones de plazas ofertadas, sujetas a un crecimiento continuo (de 2010 a 2014 la demanda extranjera sube un 59,7% y sólo durante 2015 hasta el mes de mayo, un 20,5%, frente al 3,3% del alojamiento reglado) ,respecto a los 2,4 millones de plazas en otro tipo de alojamientos, ampliamente regulados.
Tres plataformas ya concentran en España el 65% de la oferta de servicios de alojamiento turístico en viviendas de alquiler
Tres plataformas ya concentran en España el 65% de la oferta de servicios de alojamiento turístico en viviendas de alquiler intermediadas on-line (fuente: estudio de Exceltur)

El estudio analiza los grandes impactos transversales del alquiler turístico de viviendas en España a través de plataformas P2P, centrándose en tres grandes ámbitos:
1. La convivencia ciudadana.
– El 73% de las plazas en alojamientos turísticos en viviendas de alquiler se concentra en las zonas más céntricas y turísticas de las ciudades, encareciendo el precio de la vivienda y expulsando gradualmente a la población residente.

El 73% de las plazas en alojamientos turísticos en viviendas de alquiler se concentra en las zonas más céntricas y turísticas de las ciudades, encareciendo el precio de la vivienda y expulsando gradualmente a la población residente

1 de cada 11 vecinos en los distritos turísticos de las 12 principales ciudades españolas analizadas en este informe, ya dedica su vivienda al alquiler turístico. Por ello y según las asociaciones de vecinos, un 59% por ciento de los residentes sufre una merma de la calidad de vida, más del 80% se ve perjudicado por el ruido, casi un 70% por la suciedad, un 42% declara sentirse más inseguro y un 75% debe afrontar gastos extras por el deterioro de las zonas comunes.
2. Economía, empleo y potencial fraude fiscal
– El turismo asociado a este tipo de alquileres de pisos para uso turístico de corta duración (lo que se denomina “hotelización de las viviendas”) no induce una nueva demanda muy distinta de la actual (solo un 6,1% señala que se mueve debido al atractivo experiencial asociado a ese tipo de alojamientos) y genera un impacto económico diario en el destino un 84,8% inferior al promovido por la oferta reglada.
– En cuanto al empleo, frente a los 53,3 empleos por cada 100 plazas de los alojamientos regulados, esta oferta de alojamientos genera 9,8.
– Por otro lado, una parte relevante de esta oferta pertenece al ámbito de la economía sumergida y tiene tratamientos fiscales no contributivos. Según el estudio, la recaudación fiscal potencial pudiera alcanzar los 800 millones de euros/año.

Una parte relevante de esta oferta pertenece al ámbito de la economía sumergida y tiene tratamientos fiscales no contributivos. Según el estudio, la recaudación fiscal potencial pudiera alcanzar los 800 millones de euros/año

3. Derechos del turista
– El 66% de los viajeros/usuarios de estos alojamientos creen que hay una ley que los regula y el 26% desconoce si están regulados. El 60% de los usuarios confían en que sus derechos están cubiertos por una normativa y responsabiliza a los propietarios y los intermediarios/plataformas on-line de velar por su cumplimento.
– Pero lo cierto es que la preservación de los derechos del consumidor en materia de información, seguridad, higiene y salud no está apenas garantizada, como sí lo están en el resto de los alojamientos reglados.

Recomendaciones dirigidas a la administración central, autonómica y local.

Frente a la rigurosa (y en algunos casos muy restrictiva) regulación que rige en otros destinos turísticos afectados por problemas similares como París, Nueva York, Alemania, Miami o Singapur, en España este negocio está apenas regulado y de manera bastante laxa en cuatro CCAA y con unas mayores restricciones en Baleares y Canarias, señalan desde Exceltur.
Los empresarios turísticos señalan que, dado que esta actividad afecta muy especialmente a los vecinos, «sería deseable focalizar allí donde el planeamiento municipal lo posibilite, que estos alquileres se realizasen preferentemente en edificios de uso exclusivo e identificadas para este fin», y realizan 10 recomendaciones e índole legal para regular las viviendas de uso turístico:
Recomendaciones a la Administración Central
1. Promover un nuevo marco legal más homogéneo y coordinado con las CCAA, que son quienes detentan las mayores competencias en juego, para ordenar y supervisar la evolución de este creciente fenómeno.
2. Al ser de facto homologable a una “hotelización de las viviendas», afectar su calificación en materia de edificación a los mismos requisitos que tiene los establecimientos públicos en materia de seguridad y protección.
3. Impulsar el mismo marco impositivo (IVA) para el alojamiento en viviendas de uso turístico que la oferta reglada y establecer una colaboración con las plataformas P2P para declarar (modelo 347) e ingresar a cuenta en Hacienda los impuestos correspondientes de terceros. Potenciar en paralelo el Plan Nacional de Inspección sobre viviendas en alquiler.

Los empresarios turísticos recomiendan impulsar el mismo IVA para el alojamiento en viviendas de uso turístico que la oferta reglada y establecer una colaboración con las plataformas P2P para declarar (modelo 347) e ingresar a cuenta en Hacienda los impuestos correspondientes de terceros

4. Promulgar desde la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones la no neutralidad y obligada corresponsabilidad de las plataformas P2P en cumplir la legalidad vigente, sobre la oferta de viviendas que proactivamente intermedian o publiciten.
5. Promover la implantación en todo el estado de un certificado obligatorio y previo a la licencia municipal, expedido por entidades externas y homologadas, que garantice previamente el cumplimiento de las condiciones de las viviendas que se desean poner en alquiler turístico, similar a los certificados de eficiencia energética que ya rigen sobre las viviendas.
6. Exigir la aplicación de los mismos protocolos de seguridad nacional a las viviendas de uso turístico como el resto de los otros alojamientos turísticos y acordando con las plataformas P2P, su cumplimentación inmediata por vía telemática.
Recomendaciones a incorporar en la legislación aplicable por las comunidades autónomas:
7. Asegurar un conjunto de garantías mínimas para el turista/usuario: seguros de responsabilidad, señalización, plan emergencias, derechos de información (inscripción en registro, precios, placas, hojas de reclamaciones, protección de datos, información equipamientos, etc.).
8. Exigir y detallar un mínimo de dotaciones de calidad básica de las viviendas, limpieza y estado de las instalaciones.
9. Asegurar como mínimo el conocimiento previo de los vecinos y que los alquileres no incumplen las normas comunitarias.
Recomendaciones a las entidades locales:
10. Exigir una licencia de actividad económica y establecer una zonificación/contingentación para determinar dónde se pueden realizarlos distintos servicios de alojamiento turístico, para no perjudicar la convivencia, la capacidad de carga y el deterioro del entorno e imagen externa del destino.